Boletín Fitosanitario nº 22 de la Junta de Extremadura

El Boletín nº 22 se centra en la puesta en marcha, por parte del MAPA, de una aplicación informática para para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios y en el chinche del almendro.

Próxima puesta en marcha de la aplicación RETO

De acuerdo con lo establecido en el artículo 25 del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, el MAPA ha creado una aplicación informática para facilitar su cumplimentación por parte del sector mediante el Registro Electrónico de Transacciones y Operaciones con Productos Fitosanitarios (RETO). Con fecha 10 de mayo de 2021 se publicó el Real Decreto 285/2021, dentro del cual se establece la obligación de utilización del RETO a partir del 11 de noviembre de este mismo año en curso.

La aplicación RETO está previsto que sea obligatoria para todos los Operadores inscritos en el ROPO en las secciones de SUMINISTRADOR y TRATAMIENTOS. El artículo 21 del Real Decreto 1311/2012 establece que solo se podrán suministrar productos fitosanitarios para uso profesional a titulares de un carné que acredite formación en la aplicación de productos fitosanitarios.

Uno de los datos que estarán obligados a conseguir en la aplicación RETO será el número de inscripción en el ROPO para los usuarios profesionales.

La inscripción en el ROPO para los usuarios profesionales (titulares de un carné: básico, cualificado, fumigador y piloto aplicador) con domicilio legal en la Comunidad Autónoma de Extremadura se realiza de oficio por parte del Servicio Sanidad Vegetal a partir de los carnés emitidos por el Servicio de Formación del Medio Rural.

Por lo anterior, se recomienda que todos los interesados consulten su situación en la página del MAPA en el siguiente enlace.

Una vez realizada la consulta:

  • Si aparece con el carné caducado deberá solicitar su renovación al Servicio de Formación del Medio Rural.
  • Si dispone de carné en vigor y no aparece en dicho buscador deberá ponerse en contacto con el Servicio de Sanidad
    Vegetal para solventar su situación (Tfno contacto 924002545).
  • Aquellos establecimientos que suministren productos fitosanitarios a titulares que no acrediten estar en posesión de un carné vigente podrán ser sancionados por incumplimiento de la Ley 43/2002 de Sanidad Vegetal.

Puedes descargar aquí el Boletín nº 22.